El concepto de responsabilidad refiere, de manera directa, a la condición de responsable, es decir, de tener una obligación frente a una cosa u organismo que lleva a cuidarlo y a responder por él.
Si bien se puede hablar de responsabilidades en un ámbito hogareño y cotidiano (para indicar, por ejemplo, que al tener un hijo una pareja contrae responsabilidades, lo mismo que ocurre si se adopta una mascota o bien para indicar que alguien cuida sus palabras o conduce con cuidado porque entiende y cultiva el sentido de la responsabilidad), hay ámbitos en los cuales se trabaja en torno a responsabilidades específicas.
En el campo del Derecho, por citar un caso concreto, se suele hacer referencia a la responsabilidad subsidiaria (aquella que guarda relación con las responsabilidades asumidas por otro individuo) y a la responsabilidad civil (que puede ser de carácter contractual o extracontractual y, a su vez, calificada como penal o no dolosa de acuerdo a cada caso), entre otras. Bajo otras circunstancias y con un sistema de categorización distinto, es usual que se aluda a responsabilidades jurídicas indirectas, responsabilidades jurídicas directas, responsabilidades jurídicas colectivas, responsabilidades jurídicas individuales o a responsabilidades jurídicas culposas.
Asimismo, resulta interesante agregar que existen también responsabilidades sociales (conjunto que engloba a la responsabilidad social corporativa y a la responsabilidad social empresarial, identificadas con las siglas RSC y RSE respectivamente), responsabilidades morales, responsabilidades contables, responsabilidades políticas, responsabilidades corporativas y responsabilidades ambientales. Como se puede advertir, se trata de un término de amplio alcance que da origen a un gran número de expresiones.