Se califica como deudor a la persona que ha contraído una deuda y no la ha saldado. Los expertos en Contabilidad hacen alusión al saldo deudor, por su parte, para mencionar la diferencia existente cuando el debe es mayor que el haber.
En la vida cotidiana, y en el mundo de los negocios, ocurren situaciones que permiten agrupar a los deudores en diferentes grupos según sus formas de proceder o el perfil que poseen en su condición de morosos.
Hay individuos que, pese a su predisposición para saldar la deuda y querer cumplir, no cuentan con el dinero suficiente para poder ponerse al día. En este caso, se los considera deudores fortuitos y son los que, con facilidades y flexibilidad de plazos, cumplen su responsabilidad de devolver el dinero en su totalidad.
Hay, además, gente que a raíz de su desorganización administrativa no está al tanto de montos a pagar y pierde la noción de las deudas contraídas. Estos deudores desordenados, una vez notificados, abonan el dinero correspondiente. Otro cuadro similar es el del moroso negligente, que sabe de la deuda pero no toma las medidas ni las decisiones necesarias para cubrirla en su totalidad.
Tampoco se puede dejar de mencionar la existencia de los deudores circunstanciales que, más allá de su solvencia económica, bloquean o mantienen en suspenso los pagos hasta no resolver el problema o litigio con quien debe recibir el dinero. Una vez solucionado el conflicto, saldan sin inconvenientes la deuda.
La situación se pone más tensa y complicada, en cambio, frente a los morosos intencionales, ya que se trata de deudores que no tienen la voluntad de pagar y, entonces, ganan tiempo y aplican estrategias evasivas para no cumplir su parte. Dentro de este conjunto hay deudores que, aunque tarde, terminan por satisfacer la deuda y otros que, de manera profesional, se las ingenian para pagar únicamente cuando el asunto llega a una instancia judicial y se lo obliga a abonar la totalidad de la deuda.