La teoría establece que un usufructo es un derecho para utilizar y sacar provecho de un bien ajeno sin llegar a apropiarse de dicha cosa: es decir, el usufructo autoriza la posesión de algo pero no convierte al usufructuario en propietario.
Para poder ofrecer información de calidad que resulte fácil de entender para todos los lectores evitaremos profundizar en explicaciones complejas relacionadas a cómo se aplica y en qué contextos se hace efectivo el usufructo pero describiremos cómo se lo puede clasificar de acuerdo a las características que posea.
Si es un único individuo el beneficiario, por ejemplo, se hace referencia a un usufructo simple; si los favorecidos son más, entonces se lo presenta como un usufructo múltiple.
Existe además la categoría de propio para englobar al usufructo de bienes no consumibles o inmuebles y la definición de usufructo impropio para señalar a aquel que se aplica en torno a bienes consumibles.
De sacar provecho de sólo una porción del bien en cuestión, asimismo, se habla de usufructo parcial mientras que el disfrute del bien en todo su conjunto se denomina usufructo total.
El origen de tal condición también es una variable que se tiene en cuenta a la hora de catalogar a este derecho. En este marco, resulta importante resaltar que existen los usufructos legales (impuestos por la ley, como sucede cuando un hombre o una mujer queda viudo/a y puede seguir utilizando bienes de su fallecida pareja) y los usufructos voluntarios (tal como se conoce a aquellos que se permiten por deseo expreso de alguien que plasma dicha decisión en un testamento). Es posible reconocer, por último, al usufructo de disposición, donde también se requiere un testamento o contrato que fije las condiciones.