Después de haber hecho una referencia general a los tratados, ofreceremos en este espacio detalles sobre los tratados internacionales a fin de ayudarlos a aprender más al respecto sin necesidad de apelar a explicaciones complejas.
Se trata de acuerdos establecidos en base a los lineamientos del Derecho Internacional que, para ser aceptados y tener vigencia de manera adecuada, deben plasmarse por escrito. En los párrafos siguientes, algunas particularidades de cada modalidad que aparece como alternativa en este conjunto que necesita, como mínimo, la participación de dos partes.
De tomar bajo consideración la temática abordada en estos convenios, por citar una posibilidad, lograremos diferenciar entre tratados internacionales de carácter comercial, social, humanitario, político, etc.
Hay, asimismo, tratados-ley que contemplan normas que se imponen sobre la legislación interna de cada nación involucrada en el pacto y tratados-contrato donde se incluyen las prestaciones que se intercambiarán los países que firman el documento.
Al evaluar su forma y contenido, también conseguimos distinguir a los tratados internacionales que concluyen de modo solemne y a los tratados que se concluyen de manera simplificada y que son derivados al Poder Legislativo para su correspondiente análisis.
De profundizar el estudio de las características y clasificaciones de los tratados internacionales podremos, por otra parte, hacer alusión a los tratados abiertos y a los tratados cerrados (opción donde no se permite la incorporación de partes firmantes) y conocer otra categoría centrada en la raíz de los involucrados. Al respecto, se pueden mencionar los tratados internacionales entre Estados, los tratados donde sólo intervienen organizaciones internacionales y la mezcla entre ambos sujetos, es decir, tratados entre entidades internacionales y países.