Tipos de pagarés


Un pagaré, dice la Real Academia Española (RAE) es un documento que funciona en el plano comercial como un compromiso de pago y establece abonar una determinada cantidad de dinero en un plazo estipulado con anticipación. Al respecto, es interesante señalar que el pagaré admite vencimientos sucesivos y debe ser abonado en una moneda que no infrinja las normas de control de cambio y, de ser extranjera, adaptada a la cotización oficial.

De acuerdo a las características que presente este instrumento de financiación que puede ser emitido por compañías, entidades de crédito y administraciones públicas, el pagaré puede ser clasificado de diversos modos.

El pagaré a la orden, por ejemplo, es aquel que se puede transmitir por endoso sin necesidad de que el deudor exprese su consentimiento. Asimismo, existe otra opción conocida como pagaré a la vista que tiene como cláusula el pago inmediato al momento de su presentación.

Como complementos de estas alternativas aparecen el pagaré a un plazo variable de su fecha de emisión (en el cual el vencimiento comienza a correr a partir de su fecha de emisión, es decir, independientemente de la fecha de entrega) y el pagaré a dia fijo y determinado (compromiso donde se describe con precisión la fecha de pago del documento ofrecido).

Como resulta evidente, son varias las formas admitidas en materia de pagarés, aunque antes de proponerlo o aceptarlo conviene informarse sobre su valor y legalidad en el territorio donde se planea utilizarlo para evitar estafas, malos entendidos u otros inconvenientes.