Cada vez que se pone en práctica el acto de depositar algo en algún lugar, surge un depósito. Esta palabra, según se deduce de la práctica, se aprovecha en el ámbito militar, en el campo del Derecho, en el plano de la Geología y a nivel financiero, por citar las áreas que más protagonismo le otorgan.
De pensar en entidades bancarias, por ejemplo, se pueden reconocer los depósitos a plazo fijo, mientras que los geólogos suelen distinguir y analizar depósitos minerales.
En territorio español, en tanto, rige la idea de depósito legal para hacer alusión al suministro, por parte de los editores o autores, de una cierta cantidad de ejemplares de una obra artística al lanzarse con destino al centro que corresponda.
Es interesante señalar además que quienes se especializan en Derecho utilizan como parte de su vocabulario frecuente expresiones como depósito judicial (es el juez quien asume el rol de depositario) o depósito indistinto (se establece a nombre de al menos dos entidades o personas).
Distinto es el depósito de reserva territorial, tal como se conoce a aquel integrado por individuos de tropa que, en algún momento, prestaron servicio de manera activa o están pendientes de ser llamados.
El denominado depósito de cadáveres, por su parte, se caracteriza por albergar, en espacios refrigerados, restos que, hasta que no exista una autorización judicial o científica, no pueden ser sepultados.
Otras clases de depósitos que demuestran la amplia variedad de significados y aplicaciones que posee el vocablo: depósito de combustible, depósito aluvial, depósito de agua, depósito temporal, depósito franco…