El concepto de incoterm surge a partir de la expresión en inglés International Commercial Terms, que traducida al español hace alusión a Términos Internacionales de Comercio. Dentro de esta categoría, por lo tanto, se nuclean los términos que marcan las obligaciones que, en el marco de un contrato de carácter internacional donde se establecen las condiciones de pago y entrega de productos y mercancías, tienen tanto vendedores como compradores.
En la práctica es posible distinguir una gran variedad de incoterms, que se caracterizan por tener tres letras vinculadas a frases en inglés.
En primer lugar, a modo general podemos reconocer cuatro categorías de incoterms, diferenciadas por las letras E, F, C y D.
El grupo inicial, el E, establece que el vendedor le pone al comprador las mercancías a disposición en sus propios puntos de venta o instalaciones, generando así una entrega directa a la salida. Aquí aparece el incoterm EXW (Ex Works).
Los términos en F, en tanto, suponen una entrega de carácter indirecto sin el transporte principal solventado por quien vende. Conviven en este contexto los incoterms FAS (Free Alongside Ship), FOB (Free On Board, exclusivo para transportes en barco) y FCA (Free Carrier, apto para toda clase de transporte).
El grupo C, por otra parte, da cuenta de una entrega indirecta donde el transporte es costeado por el vendedor. Los incoterms a tener en cuenta aquí son CFR (Cost And Freight), CIF (Cost, Insurance And Freight), CPT (Carriage Paid To) y CIP (Carriage And Insurance Paid).
Los términos en D, por último, gira en torno a una entrega directa al momento de llegada, con los gastos y riesgos asumidos por el vendedor. Son parte de esta posibilidad los incoterms DAT (Delivered At Terminal), DAP (Delivered At Place) y DDP (Delivered Duty Paid).